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Viajar a Cuba.
A la hora de viajar a Cuba, es muy importante que todos nuestros visitantes conozcan una serie de regulaciones aduanales y de inmigración que deben cumplir a la hora de su arribo a nuestro país. En esta sección de nuestra Web podrán encontrar algunas indicaciones, informaciones y conejos que brindamos para hacer mas fácil los tramites de visado, de aduanas, etc
Para viajar a Cuba como turista de placer o recreo no se necesita propiamente una visa, simplemente se necesitará lo que se denomina una "tarjeta de turista", la cual hace la función de la visa. La misma se puede obtener en las embajadas cubanas o consulados así como también en las agencias de viaje en el momento en que adquiere su paquete turístico o de lo contrario a su arribo a Cuba directamente en el aeropuerto en Cuba. Para su solicitud debe llenar el modelo correspondiente, presentar el pasaporte vigente, una fotocopia de la reservación de hotel u otro hospedaje oficial (la planilla de reservación que ofrecemos a nuestros clientes puede ser utilizada con este fin, ya que tienen los datos del hostal donde se hospedara, el cual esta autorizado por el gobierno cubano a ofrecer este tipo de servicio de renta) y fotocopia de la reserva del pasaje. La tarjeta o visa turística resulta válida para una entrada y salida a Cuba y tienen una duración de 30 días, a partir de la fecha de llegada a Cuba, puede ser prorrogable por otros 30 días.
Para visitar a familiares cubanos, se debe solicitar una visa para familiares de ciudadanos cubanos, la cual se expide a familiares extranjeros directos de ciudadanos cubanos (padres, hijos, hermanos, o cónyuges) que deseen hospedarse en casa de sus familiares. Para obtener este tipo de visa deberá llenar el modelo de solicitud correspondiente y presentar el pasaporte vigente.
Las Visas para ciudadanos extranjeros con fines no turísticos se expiden a extranjeros que vienen de visita a Cuba en carácter de Eventos, ofertas de negocios, tripulante y tránsito. Estudiantes y becarios extranjeros admitidos en Cuba por un centro de estudio, investigación y adiestramiento. Periodistas, corresponsales, representantes de la prensa, radio, cine o televisión y otros medios de difusión extranjeros, que sean admitidos para ejercer su función periodística. Extranjeros que deseen someterse a tratamiento médico en instituciones de salud cubana, previa concertación del mismo con el Ministerio de Salud Pública. La visa con propósito comercial y de negocios se gestionará previamente con las oficinas comerciales y económicas de la Embajada.
Los turistas que nos visiten a su arribo a Cuba no tienen que llenar el modelo de declaración de aduana. Está prohibida la entrada de narcóticos, pornografía, explosivos, armas de fuego, salvo las de caza deportiva debidamente autorizadas en Cuba a su llegada.
Están exentos de impuestos objetos de uso personal incluyendo joyas propias, cámaras fotográficas o de video, efectos deportivos y avíos de pesca, dos botellas de licor, un cartón de cigarrillos y hasta 22 libras (10 Kg) de medicamentos, siempre que los mismos estén en sus envases originales. Además pueden importarse artículos por un valor de hasta 250.00 dólares americanos, de los cuales 50.00 dólares están exentos de pago y los restantes 200.00 dólares se gravan con un arancel del 100%.
La entrada de dinero en efectivo es ilimitada pero se recomienda declarar cifras por encima de los 5 000 dólares pues para reexportar un monto igual o superior a esa cantidad se exige presentar la declaración de aduana correspondiente.
Al salir del país se permite la libre exportación de hasta 50 tabacos habanos (según la Resolución No. 6-2007 vigente a partir de Junio 1, 2007), si la compra es de mas de 50 habanos se podrán exportar en su envase original, cerrados y sellados con el holograma oficial y además se deberá presentar la factura de su compra en un establecimiento acreditado para ello.
La extracción del país de obras de artes o antigüedades debe estar amparada por un permiso del Registro Nacional de Bienes Culturales, de la Dirección de Patrimonio del Ministerio de Cultura.
Sólo existen restricciones sanitarias para viajeros procedentes de países donde la fiebre amarilla y el cólera son endémicos o hayan sido declarados zonas de infección por la Organización Mundial de la Salud, en cuyo caso se exige presentar el Certificado Internacional de Vacunación.
La entrada de productos de origen animal o vegetal está restringida, así como la entrada de mascotas requiere de trámites especiales.
Pueden importase animales domésticos (mascotas) vacunados, pero es necesario acompañarlo con la documentación correspondiente.
Para viajar a Cuba como turista de placer o recreo no se necesita propiamente una visa, simplemente se necesitará lo que se denomina una "tarjeta de turista", la cual hace la función de la visa. La misma se puede obtener en las embajadas cubanas o consulados así como también en las agencias de viaje en el momento en que adquiere su paquete turístico o de lo contrario a su arribo a Cuba directamente en el aeropuerto en Cuba. Para su solicitud debe llenar el modelo correspondiente, presentar el pasaporte vigente, una fotocopia de la reservación de hotel u otro hospedaje oficial (la planilla de reservación que ofrecemos a nuestros clientes puede ser utilizada con este fin, ya que tienen los datos del hostal donde se hospedara, el cual esta autorizado por el gobierno cubano a ofrecer este tipo de servicio de renta) y fotocopia de la reserva del pasaje. La tarjeta o visa turística resulta válida para una entrada y salida a Cuba y tienen una duración de 30 días, a partir de la fecha de llegada a Cuba, puede ser prorrogable por otros 30 días.
Para visitar a familiares cubanos, se debe solicitar una visa para familiares de ciudadanos cubanos, la cual se expide a familiares extranjeros directos de ciudadanos cubanos (padres, hijos, hermanos, o cónyuges) que deseen hospedarse en casa de sus familiares. Para obtener este tipo de visa deberá llenar el modelo de solicitud correspondiente y presentar el pasaporte vigente.
Las Visas para ciudadanos extranjeros con fines no turísticos se expiden a extranjeros que vienen de visita a Cuba en carácter de Eventos, ofertas de negocios, tripulante y tránsito. Estudiantes y becarios extranjeros admitidos en Cuba por un centro de estudio, investigación y adiestramiento. Periodistas, corresponsales, representantes de la prensa, radio, cine o televisión y otros medios de difusión extranjeros, que sean admitidos para ejercer su función periodística. Extranjeros que deseen someterse a tratamiento médico en instituciones de salud cubana, previa concertación del mismo con el Ministerio de Salud Pública. La visa con propósito comercial y de negocios se gestionará previamente con las oficinas comerciales y económicas de la Embajada.
Los turistas que nos visiten a su arribo a Cuba no tienen que llenar el modelo de declaración de aduana. Está prohibida la entrada de narcóticos, pornografía, explosivos, armas de fuego, salvo las de caza deportiva debidamente autorizadas en Cuba a su llegada.
Están exentos de impuestos objetos de uso personal incluyendo joyas propias, cámaras fotográficas o de video, efectos deportivos y avíos de pesca, dos botellas de licor, un cartón de cigarrillos y hasta 22 libras (10 Kg) de medicamentos, siempre que los mismos estén en sus envases originales. Además pueden importarse artículos por un valor de hasta 250.00 dólares americanos, de los cuales 50.00 dólares están exentos de pago y los restantes 200.00 dólares se gravan con un arancel del 100%.
La entrada de dinero en efectivo es ilimitada pero se recomienda declarar cifras por encima de los 5 000 dólares pues para reexportar un monto igual o superior a esa cantidad se exige presentar la declaración de aduana correspondiente.
Al salir del país se permite la libre exportación de hasta 50 tabacos habanos (según la Resolución No. 6-2007 vigente a partir de Junio 1, 2007), si la compra es de mas de 50 habanos se podrán exportar en su envase original, cerrados y sellados con el holograma oficial y además se deberá presentar la factura de su compra en un establecimiento acreditado para ello.
La extracción del país de obras de artes o antigüedades debe estar amparada por un permiso del Registro Nacional de Bienes Culturales, de la Dirección de Patrimonio del Ministerio de Cultura.
Sólo existen restricciones sanitarias para viajeros procedentes de países donde la fiebre amarilla y el cólera son endémicos o hayan sido declarados zonas de infección por la Organización Mundial de la Salud, en cuyo caso se exige presentar el Certificado Internacional de Vacunación.
La entrada de productos de origen animal o vegetal está restringida, así como la entrada de mascotas requiere de trámites especiales.
Pueden importase animales domésticos (mascotas) vacunados, pero es necesario acompañarlo con la documentación correspondiente.
Cualquier duda o sugerencia puede contactarnos aquí.
Atentamente,
Equipo HospedajeCubano.com